Art.9º.- Son funciones del ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN PRIMARIA
Programar, ejecutar y evaluar permanentemente las acciones técnico pedagógicos.
Orientar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones de Educación Básica Regular.
Desarrollar los planes y programas.
Elaborar el material educativo.
Evalúa el proceso de enseñanza-aprendizaje
Elaborar informes técnicos sobre las acciones realizadas.
Promover, coordinar y organizar la realización de programas no escolarizadas.
Participar en la ejecución de acciones de capacitación docente.
Brindar asesoramiento en asuntos técnico pedagógicos y administrativos.
Orientar y supervisar el desarrollo de proyectos educativos.
Coordinar entre los Especialistas sobre las acciones de monitoreo, acompañamiento y evaluación.
Realizar el efecto multiplicador hacia los docentes, de las innovaciones y verificar su aplicación a través de las acciones de monitoreo y acompañamiento.
Coordinar y establecer mecanismos con los padres de familia y autoridades, para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de labor docente en las II.EE.
Difundir y hacer cumplir las directivas emanadas de la superioridad.
Evaluar los aprendizajes de los estudiantes a través de concursos y otros,
Participar en el control de asistencia de personal docente y administrativo de las instituciones educativas durante las acciones de supervisión o monitoreo que realiza.